Plan de Crecimiento Innovador para PYMES y MIDCAPS de Castilla y León
Promovido por el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE) a través de Sodical, el Plan de Crecimiento para PYMES y MIDCAPS de Castilla y León está dotado con 210 millones de euros (procedentes del Banco Europeo de Inversiones -BEI-).
El BEI es la institución financiera de la Unión Europea (la «UE») y fue creado en 1958 por el Tratado de Roma. Sus accionistas son los Estados miembros de la UE. En su calidad de institución de la UE, el BEI tiene por misión la financiación de inversiones que favorezcan la integración económica y una mayor cohesión social de los Estados miembros.
El objeto del Plan de Crecimiento para PYMES y MIDCAPS de Castilla y León es la concesión de préstamos participativos y/o participaciones en capital, que permitan apoyar la capacidad financiera actual de las empresas de Castilla y León para desarrollar las siguientes líneas de actuación:
- Formación de sus recursos humanos, innovación tecnológica, innovación en la gestión productiva, reindustrialización, ámbito rural, internacionalización, programa dual de formación y empleo, así como acceso al programa de retorno de talento.
Este Plan está dirigido a pequeñas y medianas empresas (PYMES), que se definen como entidades con menos de 250 empleados (equivalentes a tiempo completo) o empresas de mediana capitalización (MIDCAPS) que se definen como entidades con un número de empleados entre 250 y menos de 3.000 (equivalentes a tiempo completo).
El Plan de Crecimiento pretende financiar los proyectos de inversión de empresas de Castilla y León comprometidas con la innovación, con capacidad de crecimiento estructural del 5% en términos de facturación, inversión, internacionalización y capacidad productiva (y/o servicios), empresas con una potencialidad de creación de empleo del 10% durante 4 años.
El coste total de cada Proyecto no debe sobrepasar el equivalente a 25 millones de euros.
La duración de los préstamos participativos concedidos a los beneficiarios finales deberá ser de 2 años como mínimo y no deberá sobrepasar la duración económica y técnica del proyecto financiado.
Serán elegibles los beneficiarios finales que operen en cualquier sector, a excepción de las siguientes actividades:
- Las actividades dirigidas a la fabricación de armamento, armas y munición, el material o las infraestructuras militares o policiales y el material o las infraestructuras destinados a limitar los derechos individuales o la libertad de las personas (es decir, cárceles y centros de detención de todo tipo) o que violen los derechos humanos;
- Las actividades dirigidas a la producción o a facilitar el uso de los juegos de azar y el material correspondiente;
- Las actividades dirigidas a la fabricación, transformación o distribución especializada de tabaco así como actividades que faciliten el uso del tabaco (por ejemplo, espacios para fumadores);
- Las actividades que impliquen la utilización de animales vivos con fines experimentales o científicos en la medida en que no se pueda garantizar el cumplimiento del «Convenio europeo sobre protección de los animales vertebrados utilizados con fines experimentales y otros fines científicos»;
- Las actividades cuyo impacto sobre el medio ambiente sólo pueda ser atenuado o compensado en muy escasa medida;
- Las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional, por ejemplo la investigación sobre la clonación de seres humanos;
- La adquisición de fondo de comercio; la adquisición de activos intangibles que pudieran derivar o imponer una fuerte posición en el mercado para el beneficiario final (por ejemplo, una cuota de mercado superior al 20% del correspondiente mercado o la adquisición de licencias o derechos para la explotación de recursos minerales);
- Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria;
- Las actividades que constituyan meramente operaciones financieras (como puede ser la compra de acciones o cualquier otro producto financiero).
La financiación procedente del BEI cuenta con condiciones favorables respecto a fuentes alternativas de crédito, lo que permite a Sodical trasladar a sus clientes una ventaja financiera en la financiación de sus proyectos. Las condiciones financieras de la inversión se han beneficiado de dicha ventaja, estimada en aproximadamente un mejora del tipo de interés del mismo de al menos 0,4% (40 puntos básicos).
El Plan de Crecimiento se desarrolla en colaboración con Empresa Familiar de Castilla y León.