Como muestra de su compromiso con la cultura ética y de cumplimiento, el Consejo de Administración de SODICAL ha implantado un Sistema interno de información como cauce preferente para informar a SODICAL sobre acciones u omisiones que supongan la comisión de infracciones del Derecho de la Unión Europea, infracciones penales o administrativas de carácter grave o muy grave.

Podrán utilizar este mecanismo e informar sobre las anteriores infracciones los empleados o trabajadores por cuenta ajena, así como todos aquellos trabajadores autónomos, los accionistas, partícipes y miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de la empresa, las personas que trabajen para o bajo la supervisión de socios de negocio, voluntarios, becarios y trabajadores en periodo de formación, así como las personas cuya relación laboral o estatutaria esté finalizada o no haya comenzado.

Los principios que rigen e inspiran el Sistema interno de información de SODICAL son los siguientes:

  •  Principio de Independencia: el Responsable del Sistema interno de información ejerce su cargo garantizando el máximo nivel de independencia, autonomía y evitación de conflictos de interés en el funcionamiento del Sistema interno de información, así como en las diferentes fases de gestión, análisis, investigación y resolución de la comunicación.
  • Principio de Tolerancia Cero ante los incumplimientos y Respeto: SODICAL ha implementado el Sistema interno de información en base a su compromiso de tolerancia cero con aquellas conductas que contravengan principios y valores éticos. En este sentido, la Sociedad prohíbe de manera expresa la comisión de infracciones de la normativa de aplicación e impone la obligación a todos los Miembros de SODICAL de comunicar toda conducta que pueda ser constitutiva de delito.
  • Principio de Buena fe: el Sistema interno de información de SODICAL se configura como un medio para la gestión y tramitación de comunicaciones sobre las que se tengan motivos razonables para pensar que la información referida es veraz, aun cuando no aporten pruebas concluyentes. Por tanto, en contraposición, este Sistema excluye todas aquellas comunicaciones interpuestas de mala fe.
  • Principio de prohibición de represalias frente a Informantes y Terceros relacionados: SODICAL prohíbe la adopción de represalias contra cualquier Informante o Tercero relacionado, incluyendo las amenazas de represalia y las tentativas de represalia. En el caso de que la Sociedad tuviera conocimiento de que se está produciendo o se ha producido una represalia, aquella adoptará las medidas de protección necesarias para detener, abordar y remediar tal situación.
  • Principio de protección a las personas afectadas por la comunicación: Aquellas personas que resulten afectadas por la comunicación tendrán derecho a la presunción de inocencia, así como derecho de defensa y acceso al expediente que corresponda, entendido este como el acceso a la información sobre las acciones u omisiones que se le atribuyen, la información necesaria para ejercer eficazmente sus derechos y la información correspondiente en materia de protección de datos personales.
  • Principio de Confidencialidad: SODICAL se compromete a no llevar a cabo ningún tratamiento de datos de carácter personal que no sean necesarios para conocer las acciones u omisiones constitutivas de infracción advertidas a través de las comunicaciones del Sistema interno de información.
  • Principio de cumplimiento de plazos: SODICAL se compromete al cumplimiento, durante todo el procedimiento, de los plazos establecidos en la normativa aplicable y Procedimiento de gestión del Sistema interno de información.

Las comunicaciones sobre las referidas infracciones podrán ser interpuestas, de manera tanto nominal como anónima, a través del siguiente enlace:

https://goo.gl/FzLRHn

Las comunicaciones serán recibidas por parte del Responsable del Sistema, quien dará trámite a las mismas de acuerdo con el Procedimiento de gestión del Sistema interno de información de SODICAL. Concretamente, el Responsable enviará acuse de recibo de la comunicación al informante en el plazo de 7 días naturales. Además, el plazo establecido para dar respuesta a las actuaciones de investigación será de 3 meses, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales.

Al realizar la comunicación, el Sistema genera unas claves de acceso (usuario y contraseña) para los informantes. Resulta importante conservar estas claves, así como emplearlas para consultar periódicamente el caso, de modo que se pueda conocer su estado y atender las eventuales notificaciones recibidas.

Por todo lo expuesto, SODICAL anima y agradece la colaboración y compromiso con la comunicación de las mencionadas irregularidades.